Luis Francisco Indriago
En singularArchivos para Junio, 2009
SIP pide respeto irrestricto a la libertad de prensa en Honduras
Texto íntegro del comunicado de la Sociedad Interamericana de Prensa, en el que condena las agresiones contra la libertad de prensa que han ocurrido en Honduras en el marco de la destituciuón del presidente Manuel Zelaya.
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Esta Vuelta a Colombia es la vuelta a Colombia

José Rujano se tituló campeón de la Vuelta a Colombia
El merideño José Rujano se tituló como Campeón de la Vuelta a Colombia en Bicicleta. Para quienes nacimos en Táchira, y crecimos oyendo en Ecos del Tórbes como grandes ciclistas colombianos de la talla de Martín Cochise Rodríguez o Alvaron Pachón ganaban nuestra Vuelta al Táchira, este triunfo es una especie de redención. No venganza, pues a nuestros amigos colombianos le debemos no solo la afición y el desarrollo en este lado de la frontera de deportes como el fútbol y el ciclismo, sino también las lecciones aprendidas en periodismo deportivo.
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Uruguay despenaliza la difamación
El 10 de junio pasado, la Cámara de Diputados de Uruguay aprobó una ley que despenalizó los delitos de “difamación” e “injurias” para los asuntos de interés público; eliminando el delito que castigaba con penas de prisión a quienes “atentaran contra el honor” de los jefes de Estado extranjero o sus representantes diplomáticos.
Los “atentandos contra el honor” han sido usados por los regímenes militares y totalitarios como arma de control político y social.Si bien la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) ha declarado su satisfacción por ese paso en la legislación uruguaya, que “se suma a una saludable tendencia en América Latina”, mantiene su preocupación por mantener un desaconsejable margen de discrecionalidad para que los magistrados invadan la libertad editorial de los medios de prensa.
La ley mantuvo vigente el delito de “desacato” contra funcionarios públicos en casos de actos directos. Sin embargo, con la modificación de su redacción original quedó atenuada su aplicación en contra los medios y los periodistas.
Asimismo, la legislación incorporó la noción de la “real malicia” para cuando los jueces deban resolver conflictos que afectan a la prensa, aunque no fue clara al determinar que deben ser los querellantes y no los medios de comunicación o los periodistas, quienes deben probar las conductas presuntamente negligentes o despreciativas de la verdad. Esto mantiene sobre la prensa la carga de demostrar que no actúa de mala fe en su tarea profesional, desdibujando el sentido de la “real malicia”.
